Nuestra manera de actuar

Auditoría RGPD – LOPDGDD

Kirab Consultores ofrece un servicio integral de asesoramiento y gestión técnico-legal para la adaptación y actualización de empresas y profesionales al REGLAMENTO EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS RGPD -LOPDGDD

El auditor de Kirab Consultores, aplicará sus conocimientos para informar y explicar todo el proceso de adaptación a su interlocutor, con el fin de optimizar los procesos de seguridad de los sistemas informáticos y de la estructuración de la documentación, aplicando el princicipio de Accountability, Responsabilidad Proactiva y de protección de datos desde el diseño y por defecto reflejado en el nuevo reglamento.

El objetivo del servicio es conseguir un compromiso de confidencialidad entre la organización y las personas que les han cedido sus datos personales y protegerla frente a los riesgos por el incumplimiento de la normativa motivados por denuncias y las sanciones que puedan derivarse.

Nuestra manera de proceder

Un auditor especializado de Kirab Consultores se desplazará a las instalaciones del cliente para realizar a través de un check list, la recogida de información necesaria.

Kirab Consultores elaborará toda la documentación necesaria y acordará una nueva cita para la entrega de la documentación.

Servicios que incluímos

  • Diagnosis inicial.
  • Registro de actividades realizadas de tratamientos de datos.
  • Análisis de riesgos de los tratamientos realizados.
  • Documentación medidas de seguridad.
  • Deber de información y Consentimiento: Confección de cláusulas informativas.
  • Documentación de Encargos de Tratamiento: Redacción de los contratos.
  • Documentación de Procedimiento de notificación de Brechas de seguridad y violación de seguridad de los datos.
  • Documentación de Procedimiento de atención al ejercicio de derechos.
  • Consúltenos desde su situación y le informaremos pormenorizadamente.
  • Soporte legal permanente.
  • Asesoramiento y consultoría continua.
  • Visitas presenciales.
  • Defensa jurídica hasta finalizar la vía adminsitrativa.

El nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos introduce la figura del Delegado de Protección de Datos o Data Protection Officer (DPO). Sus funciones están reguladas en el artículo 39 del RGDP.
La nueva normativa contempla la contratación obligatoria de un DPO en algunos casos. Se recomienda contar con esta figura dentro de cualquier organización que realice tratamiento de datos personales.

Autoridades y organismos públicos, organizaciones con actividades principales de tratamiento habitual y sistemático de interesados a gran escala, Organizaciones con actividades de tratamiento a gran escala de datos sensibles, de categorías especiales o relacionados con condenas o delitos penales.
Por ejemplo, algunas de las empresas que necesitarían contratar a un DPO son:

  • Centros docentes (colegios, guarderías, academias)
  • Empresas de seguridad privada
  • Centros sanitarios públicos o privados
  • Compañías de seguros
  • Empresas de prestación de servicios de comunicaciones electrónicas y de la sociedad de la información, algunos colegios profesionales, entidades financieras, empresas de inversión, distribuidores y comercializadores de suministros energéticos, etc.
    Kirab Consultores proporciona el servicio de DPO a las empresas que así lo precisen.

Informe de análisis del impacto de la protección de datos en la organización.

Nuestros servicios de Auditoría permiten verificar el cumplimiento del reglamento y de los procedimientos e instrucciones vigentes en materia de protección de datos y seguridad de la información, identificando deficiencias y proponiendo las medidas correctoras necesarias.

Kirab pone a disposición del cliente un software de gestión documental (privacydriver) al que podrá tener acceso directo e ilimitado a todo su expediente en PRODAT y puede beneficiarse de la actualización en tiempo real de toda su documentación.

Los clientes de Kirab se podrán beneficiar de un seguro de ciber riesgos que cubre sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos de hasta 60.000€, extorsión y ataques ciberneticos, pérdida de reputación, destrucción de activos digitales, gastos derivados de una violación de seguridad.
La prima para empresas clientes de hasta 500.000€ de facturación es de 190€ / año.
Pregúntenos sin compromiso.

Delegado de Protección de Datos

El nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos introduce la figura del Delegado de Protección de Datos o Data Protection Officer (DPO). Sus funciones están reguladas en el artículo 39 del RGDP.

La nueva normativa contempla la contratación obligatoria de un DPO en algunos casos. Se recomienda contar con esta figura dentro de cualquier organización que realice tratamiento de datos personales.

Están obligados a tener un DPO

Autoridades y organismos públicos.
Organizaciones con actividades principales de tratamiento habitual y sistemático de interesados a gran escala.
Organizaciones con actividades de tratamiento a gran escala de datos sensibles, de categorías especiales o relacionados con condenas o delitos penales.

Por ejemplo, algunas de las empresas que necesitaran contratar a un DPO son: centros docentes, empresas de seguridad privada, centros sanitarios, compañías de seguros, empresas de prestación de servicios de comunicaciones electrónicas y de la sociedad de la información, algunos colegios profesionales, entidades financieras, empresas de inversión, distribuidores y comercializadores de suministros energéticos, etc.

Kirab Consultores proporciona el servicio de DPO a las empresas que así lo precisen.

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